Siempre habías querido tener una bicicleta eléctrica, soñabas con superar esas cuestas que tanto se te atragantan en tus salidas por Navarra. Y por fin has conseguido realizar ese sueño, 2100€ mediante, ya tienes tu nueva burra eléctrica en casa. (Nadie dijo que cumplir un sueño fuera barato). Pero bueno, por lo menos en Navarra, hacienda te dará una pequeña alegría por tratar de moverte sin emitir CO2. El día que hagas la declaración de la renta, y presentes la documentación adecuadamente (más adelante hablamos de ello), tendrás esa pequeña satisfacción.
Si no tienes dinero para comprar una bicicleta eléctrica, siempre puedes alquilar una para tus excursiones. Te contamos donde puedes hacerlo.
Veamos un ejemplo de deducción en la compra: de primeras, y con la ayuda de toda la ingeniería fiscal de que has sido capaz, aún tienes que pagar a Hacienda 230€ más de impuestos. Que desilusión, pero esto no acaba aquí, aún tenemos la deducción por compra de vehículos eléctricos de LEY FORAL 16/2017, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.Como tu nueva bici supera el máximo de 1500€ sobre el que se aplica la deducción, cogeremos el valor máximo de 1500€. De esos 1500€, hacienda te devuelve el 30%, es decir 450€. Y por arte de bilibirloque, esos 230€ que tenías que pagar se han convertido en 220€ que hacienda te va a apagar a ti. TOMA YA!!!! HACIENDA SOMOS TODOS!!!
Eso sí, como no presentes la documentación adecuadamente, vete olvidándote de ese dinerito que te va a dar hacienda…A continuación, copio la información de las web de la campaña “Navarra emisiones cero”, donde explican qué documentación hay que presentar y como se hace.
Pasos para la aplicación de la deducción:
La aplicación de la deducción fiscal requiere disponer de la factura de compra, el justificante de pago del vehículo y la ficha técnica del mismo, documentación que deberá presentarse en el momento de tramitar la declaración de la renta (IRPF); y en el caso de las empresas se tendrá que acompañar dicha documentación a su declaración correspondiente al modelo S-90 dentro del plazo de declaración y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cualquier caso el o la contribuyente debe conservar la documentación justificativa porque Hacienda Tributaria de Navarra puede requerir esta documentación durante el plazo de prescripción del impuesto.
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